Inspección y revisión conjunta de mercancías perecibles

Desde finales del año pasado se han implementado medidas orientadas a que el proceso de exportación de los productos perecibles sea más sencillo y, sobretodo, a garantizar la conservación y cuidado de dichas mercancías. Es así que, gracias a los esfuerzos interinstitucionales entre la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributarias – SUNAT, el Servicio Nacional de Seguridad Agraria – SENASA y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, se ha logrado aprobar un procedimiento integral de inspección y revisión conjunta.

El mencionado procedimiento solamente se habilita para aquellos exportadores cuya Declaración Aduanera de Mercancías – DAM haya sido seleccionada por el Sistema Integrado de Gestión Aduanera – SIGAD de la SUNAT a canal rojo –es decir, que se solicite la revisión documentaria y el reconocimiento físico–, siempre que se traten de mercancías perecibles de origen vegetal sujetas a cadenas de frío. En tal sentido, toda vez que dichos productos –a su vez– requieren ser inspeccionados por la Autoridad Sanitaria, a efectos de continuar con el proceso de exportación, se facilita que las inspecciones a cargo de SENASA y SUNA se efectúen en una sola oportunidad, reduciendo tiempos y costos.

De cumplirse con las condiciones para acceder al procedimiento de inspección y revisión conjunta, el exportador podrá solicitar, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, que se ejecute la inspección y revisión conjunta, determinando a dicho efecto el lugar, fecha y hora tentativa de la diligencia. Ante dicha solicitud, los funcionarios de SENASA y SUNAT deben confirmar su disponibilidad para realizar las inspecciones en el local designado por el exportador o en el depósito temporal.

En caso la mercancía se encuentre en un depósito temporal y se lleve a cabo la inspección conjunta, los funcionarios de SUNAT y SENASA deberán verificar que dichos espacio cuente con las condiciones que garanticen la conservación de las mercancías para la apertura del bulto o contenedor, de no concurrir dichas circunstancias no podrán continuar el despacho, salvo que el exportador solicite la continuación bajo su responsabilidad.

En buena cuenta, el procedimiento de revisión conjunta se podría graficar de la siguiente manera:

Fuente: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

Sobre el particular, es necesario tomar en consideración que la revisión conjunta tiene como objetivo principal salvaguardar las condiciones de conservación y resguardo sanitario que requieren las mercancías perecibles de origen vegetal, debido a que una ruptura de la cadena de frío a la cual se encuentran sometidas implicaría una reducción de la vida útil de dichos productos, así como la proliferación de microorganismos patógenos en los alimentos.

Finalmente, para mayor detalle del referido procedimiento, se puede tener acceso al Manual de Usuario VUCE – Inspección y Revisión Conjunta, dando click aquí.

Por: Jean Pierre Requena
Analista de Asuntos Regulatorios y Desarrollo

 

Compartir
l
Desde finales del año pasado se han implementado medidas orientadas a que el proceso de exportación de los productos perecibles sea más sencillo y, sobretodo, a garantizar la conservación y cuidado de dichas mercancías. Es así que, gracias a los esfuerzos interinstitucionales entre la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributarias – SUNAT, el Servicio […]
9

Categorías

I+D+i: El antigüo nuevo paradigma

I+D+i: El antigüo nuevo paradigma

El año 2016, en el foro de Davos en Suiza se acuñó el concepto de la cuarta revolución industrial, Klaus Schwab, su fundador e impulsor de este nuevo concepto, nos dice que “ésta comenzó a inicios de siglo y se basa en la revolución digital”. Esta época por la que...

leer más

Novedades

Lee nuestras novedades y entérate de todo lo que tenemos para informar